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Creado: Lunes, 31 Agosto 2026 19:13
Con el propósito de continuar brindando bienestar, respaldo y solidaridad a sus asociados y sus familias, la Junta Directiva de Fonduc expidió el Acuerdo No. 061 del 25 de agosto de 2026, mediante el cual se modifican aspectos relacionados con los valores y trámites del Auxilio Solidario por muerte de asociados.
Este auxilio, financiado con cargo al Fondo Social Mutual, tiene como objetivo brindar un apoyo económico a los beneficiarios designados por el asociado en caso de fallecimiento.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, los montos establecidos son:
- $10.000.000 para asociados que cuenten con seguro de vida financiado por Fonduc.
$20.000.000 para asociados que no cuenten con seguro de vida financiado por Fonduc, de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento.
Es importante tener en cuenta que el auxilio se aplicará prioritariamente para cubrir las obligaciones pendientes que el asociado fallecido tenga con Fonduc.
En caso de existir un excedente, este será entregado a los beneficiarios designados.
Asimismo, recordamos a nuestros asociados la importancia de mantener actualizada la información de sus beneficiarios, así como los porcentajes correspondientes, ya que la designación de estos es fundamental para el reconocimiento del auxilio.
Con estas medidas, Fonduc reafirma su compromiso con la solidaridad, la protección y el bienestar de sus asociados y sus familias en momentos difíciles.
Consultar Acuerdo
Solidariamente,
Administración Fonduc
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Creado: Lunes, 31 Agosto 2026 16:55
La Junta Directiva de FONDUC, mediante la Resolución No. 105 del 19 de agosto de 2026, estableció los lineamientos para que los asociados puedan incrementar su capacidad de pago con recursos distintos a los provenientes del salario de la entidad que genera el vínculo asociativo.
De acuerdo con la resolución, estos ingresos o recursos adicionales deberán ser declarados ante FONDUC con mínimo seis (6) meses de antelación a la solicitud del crédito en el que se pretenda que sean tenidos en cuenta.
Asimismo, los aportes correspondientes a estos recursos deberán realizarse oportunamente, en las cuentas bancarias y fechas establecidas por FONDUC. En caso de no efectuarse los aportes respectivos de manera oportuna, dichos recursos no serán tenidos en cuenta al momento de solicitar el crédito.
Esta medida permite establecer un procedimiento claro para el reporte y reconocimiento de recursos adicionales dentro del proceso de solicitud de crédito.
Consulte Resolución
Solidariamente,
Administración Fonduc